La entrada en el BOE de los Reales Decretos 988/2021 y 990/2021 dan lugar a importantes ayudas y subvenciones para la modernización de instalaciones comunitarias para comunidades propietarios, así como ayudas para el despliegue de fibra en Polígonos Industriales.
Dentro del marco de la AGENDA ESPAÑOLA DIGITAL 2025 se llevaran a cabo de una serie de inversiones, reformas y medidas para la modernización y rehabilitación de las instalaciones de telecomunicaciones.
Las cifras son bastante relevantes, y tanto instaladores como propietarios deben de estar al corriente de estas opciones y subvenciones oficiales del estado.
Dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta serie de ayudas y subvenciones económicas tienen como objetivo principal la compensación de los costes que vengan originados por la mejora y modernización de las instalaciones de telecomunicaciones que no tengan una ICT instalada.
También se fomentará la retirada de cableado y antenas de radio y televisión que esten sin utilizar, así como la sustitución por nuevos y actualizados sistemas comunes de recepción colectiva.
Se promoverá la instalación de redes de fibra óptica o cable coaxial para lograr un servicio de banda ancha más rápido y eficiente.
Todo ello cumpliendo con la normativa ICT vigente.
Con este programa de ayudas y subvenciones se busca reducir la brecha digital tanto en los diferentes barrios de las grandes urbes como entre las zonas rurales y urbanas. Mejorando así la conectividad, elemento clave para la transformación digital de nuestra economía y sociedad.
Esta es siempre las primera cuestión que todos nos planteamos. Está genial disponer de este tipo de ayudas y subvenciones, pero, ¿cómo se pueden solicitar?
El montante destinado es de 40.000.000 € para 2022 y 6.000.000 € para 2023. Esta cantidad será repartida entre las diferentes comunidades autónomas y serán éstas las encargadas de su gestión.
Este dato también va a depender la Comunidad Autónoma donde se realice la instalación. Pero el importe no podrá ser inferior al 50% ni superior al 70% de los costes que consten en factura que se puedan subvencionar.
Además, si se logra la concesión, se podrá solicitar un anticipo de hasta el 100% de la subvención para costear el proyecto objeto de la subvención con su correspondiente justificación.
Para obtener dichas subvenciones se van a tener en cuenta unos requisitos obligatorios. Estos son los más destacables:
Aquí tenéis disponible el REAL DECRETO 990/2021 y REAL DECRETO 988/2021
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