Como ya sabemos, el importe total de las ayudas ofrecidas para la adaptación de las edificaciones afectadas por la liberación del Dividendo Digital, será de 280 millones de euros. Todas las solicitudes de dichas ayudas deberán realizarse de forma telemática a través de la plataforma on-line puesta a disposición de los ciudadanos por el Gobierno una vez haya finalizado los trabajos de adaptación de la edificación al Dividendo Digital.
Estas ayudas están destinadas a las Comunidades de Propietarios de un edificio o conjunto de edificios de viviendas, sujeto al régimen de propiedad horizontal, y que tengan instalado un sistema de antena colectiva basado en amplificadores monocanal o en una centralita programable.
Para tener acceso a estas ayudas es necesario que el instalador que realice la instalación sea un instalador registrado. Se recomienda que la Comunidad de Propietarios solicite dos o tres presupuestos cuanto antes a diferentes instaladores registrados con el objetivo de conseguir el mejor precio para la adaptación. Esta adaptación tiene una duración estimada de pocas horas. La adaptación no requiere acceder al tejado para actuar sobre la antena, ya que se actúa sobre los equipos de amplificación de señales ubicados en general en el cuarto de ascensores u otro recinto bajo la cubierta de los edificios.
Las ayudas cubrirán únicamente los trabajos realizados para la adaptación al proceso de liberación del Dividendo Digital. Una vez realizados estos trabajos, el instalador deberá entregar a la Comunidad la factura con el detalle de los trabajos estrictamente relacionados con la adaptación al proceso de liberación del Dividendo Digital, así como el correspondiente boletín de instalación que detalle el equipamiento existente en el edificio y los trabajos realizados con motivo de la adaptación a la liberación del Dividendo Digital.
Esta documentación, junto a un documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la Comunidad de Propietarios donde se desea recibir el ingreso, es la que se deberá aportar a través de la plataforma online que se pondrá a disposición de los ciudadanos para solicitar las ayudas. Las comunidades de propietarios deberán disponer de NIF (código H o E). Esta documentación deberá disponerse en formato electrónico (jpg, o pdf), para poder presentarla a través de internet.
Las ayudas podrán ser solicitadas directamente por las Comunidades de Propietarios, o por una persona autorizada por la Comunidad, en particular por el administrador de la finca o por la empresa instaladora de telecomunicaciones registrada que haya realizado la adaptación de la antena colectiva.
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